Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 419 Bis

Ley Federal del Trabajo· Título Septimo. Relaciones Colectivas de Trabajo › Capítulo IV. Contrato Ley

Los contratos-ley serán revisables cada año en lo que se refiere a los salarios en efectivo por cuota diaria.

La solicitud de esta revisión deberá hacerse por lo menos sesenta días naturales antes del cumplimiento de un año transcurrido desde la fecha en que surta efectos la celebración, revisión o prórroga del contrato-ley.

Párrafo reformado DOF 01-05-2019

Artículo adicionado DOF 30-09-1974

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.