Las estipulaciones del contrato colectivo se extienden a todas las personas que trabajen en la empresa o establecimiento, aunque no sean miembros del sindicato que lo haya celebrado, con la limitación consignada en el artículo 184.
Artículo 396
Ley Federal del Trabajo· Título Septimo. Relaciones Colectivas de Trabajo › Capítulo III
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 184
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.