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Artículo 353-K

Ley Federal del Trabajo· Título Sexto. Trabajos Especiales › Capítulo XVII. Trabajo en las Universidades e Instituciones de Educación Superior Autónomas por Ley

Trabajador académico es la persona física que presta servicios de docencia o investigación a las universidades o instituciones a las que se refiere este Capítulo, conforme a los planes y programas establecidos por las mismas, Trabajador administrativo es la persona física que presta servicios no académicos a tales universidades o instituciones.

Artículo adicionado DOF 20-10-1980

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