Los sindicatos proporcionarán a los patrones una lista pormenorizada que contenga el nombre y la categoría de los trabajadores que deben realizar las maniobras, en cada caso.
Artículo 274
Ley Federal del Trabajo· Título Sexto. Trabajos Especiales › Capítulo VII. Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal
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