En los contratos colectivos se podrá determinar el personal de confianza, tomando en consideración lo dispuesto en el artículo 9o.
Artículo 247
Ley Federal del Trabajo· Título Sexto. Trabajos Especiales › Capítulo V. Trabajo ferrocarrilero
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 9
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.