Capítulo IIIDisposiciones Generales
Se crea el Organismo Público Descentralizado, denominado Sistema de Tren Eléctrico Urbano · arts. 18 a 27
Artículos
- Art. 18Las remuneraciones del Director General, Gerentes, Subdirectores y demás personal de Dirección, Administración e Inspección…
- Art. 19El personal de Dirección, Administración e Inspección que tenga responsabilidad directa e indirecta en el manejo de fondos y…
- Art. 20Para llevar a cabo las labores de vigilancia de operación del Organismo habrá un Comisario, designado por la Contraloría del…
- Art. 21Bajo la responsabilidad del Director General, se formulará el balance general anual y los estados mensuales de contabilidad, con…
- Art. 22Las relaciones de trabajo entre el Organismo y su personal serán reguladas por las condiciones generales de trabajo que al efecto…
- Art. 23Son servidores públicos de confianza el Director General, los Subdirectores, Gerentes y demás personal que tenga facultades de…
- Art. 24La vigilancia financiera y administrativa, así como la práctica de auditorías internas, estarán a cargo del Congreso del Estado…
- Art. 25El Organismo se regirá por su Reglamento interno, en lo relativo a su estructura y a las facultades, funciones, obligaciones y…
- Art. 26El Organismo tendrá derechos preferenciales sobre personas físicas o morales, empresas, instituciones o dependencias estatales…
- Art. 27Serán inalienables e imprescriptibles los bienes del “Sistema de Tren Eléctrico Urbano”, que estén afectados a la prestación del…