Capítulo XVIDel Horario para los Internos
Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional · arts. 127 a 130
Artículos
- Art. 127Los horarios de actividades de los internos se regirán conforme a lo que dispongan los acuerdos correspondientes, sin perjuicio…
- Art. 128La visita familiar e íntima se llevará acabo en los días y el horario que disponga el Consejo Técnico.
- Art. 129Los internos que no reciban visita familiar podrán dedicarse a actividades recreativas o bien quedar sujetos a una programación…
- Art. 130Todos los días se efectuarán al menos tres pases de lista a los internos y procesados, en el horario que se estime conveniente.