Capítulo IIDe las Autoridades del Centro
Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional · arts. 16 a 18
Artículos
- Art. 16- Son autoridades del Centro: I. El Secretario; II. El Consejo; III. El Director General; IV. El Director; V. El Consejo Técnico…
- Art. 17El personal que labora en el Centro está supeditado a la autoridad del Director, quien deberá acatar las órdenes, disposiciones y…
- Art. 18Las Jefaturas previstas en el artículo 16 fracción VI de este Reglamento, ostentarán igual jerarquía y ejercerán sus facultades…