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Artículo 16

Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional· Capítulo II. De las Autoridades del Centro

- Son autoridades del Centro:

I. El Secretario;

II. El Consejo;

III. El Director General;

IV. El Director;

V. El Consejo Técnico; y VI. Las Jefaturas de Custodia y Vigilancia; Administrativa; Jurídica y Técnica.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 18