Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 89

Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional· Capítulo XII. De las Visitas

La autorización de visitas es facultad del Director, tomando en cuenta la opinión de la Jefatura Técnica, y para su ingreso será necesario exhibir la credencial o pase expedido para tal efecto.

En caso de que la identificación o el pase muestre alteraciones, se recogerá de manera inmediata y se revocará el permiso de visita.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.