De igual forma se atenderá en el área de características diversas, a los internos de cuyos estudios médicos y psicológicos practicados, se desprenda que tienen una preferencia diversa a la heterosexual, otorgándoles el seguimiento técnico correspondiente.
Artículo 78
Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional· Capítulo X. Del Ingreso y Egreso de Internos
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