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Artículo 73

Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional· Capítulo X. Del Ingreso y Egreso de Internos

Al ingresar al Centro, el interno deberá recibir un documento en el que se especifiquen sus derechos, obligaciones, disposiciones y las políticas internas del Centro. En caso de internos incapacitados para leer, analfabetos, o que desconozcan el idioma español, se les hará saber el contenido de los documentos a través de un traductor o interprete.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.