La salud penitenciaria es responsabilidad de los servicios médicos del Centro, que deben ser suficientes para atender las necesidades de primer nivel y para ello, el Centro contará con las instalaciones y personal mínimos requeridos.
Artículo 52
Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional· Capítulo IX. De la Jefatura Técnica › Sección Primera. Del Área Médica
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