El personal deberá acatar las disposiciones y órdenes de sus superiores jerárquicos y cumplir los horarios establecidos para la entrada, salida, ingesta de alimentos y actividades laborales.
Artículo 38
Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional· Capítulo IV. Del Consejo Técnico Interdisciplinario
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.