El responsable de coordinar al personal encargado de la seguridad y vigilancia exterior del Centro, deberá rendir un parte diario de novedades a su superior jerárquico con copia para el Director. 25 Además deberá estar en constante comunicación con el personal de custodia y vigilancia y con él Director, a efecto de reportar cualquier anomalía que detecte, para que se tomen las medidas de seguridad que correspondan.
Artículo 132
Reglamento para los Centros Integrales de Justicia Regional· Capítulo XVII. De la Seguridad y Vigilancia
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