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Artículo 25

Reglamento para la Constitución, Integración y Operación SIAPA Chapala· Título Segundo. Del Consejo Tarifario › Capítulo II. De la Integración y Funcionamiento del Consejo Tarifario › Sección Tercera. De las Atribuciones de los Miembros del Consejo Tarifario

Corresponde a los Vocales del Consejo Tarifario las siguientes atribuciones:

I. Asistir con voz y voto a las Sesiones del Consejo Tarifario;

II. Desempeñar las comisiones que les sean encomendadas por el Consejo Tarifario;

III. Proponer al Consejo Tarifario los acuerdos pertinentes para su buen funcionamiento; y IV. Las demás que se deriven del presente Reglamento o les confiera el Consejo Tarifario en el ámbito de su competencia.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.