Sección SéptimaDel Consejo Estudiantil
Reglamento para el Gobierno y Funcionamiento de las Escuelas de Educación Básica · arts. 40 a 47
Artículos
- Art. 40El Consejo Estudiantil será la organización a través de la cual participarán los alumnos en la escuela secundaria en el…
- Art. 41El máximo órgano de representación de los estudiantes será la Asamblea de Representantes de Alumnos convocada por el Director de…
- Art. 42La Asamblea de Representantes del Consejo Estudiantil estará conformada por dos delegados de cada uno de los grupos escolares…
- Art. 43Por medio de un proceso democrático, en la Asamblea del Consejo Estudiantil se elegirán a los representantes ante el Consejo…
- Art. 44El Director y el personal escolar propiciarán la participación activa de todos los alumnos a fin de favorecer el diálogo entre…
- Art. 45Con ayuda de los tutores de grupo, los alumnos elaborarán su plan de trabajo para tratar los asuntos relacionados con el…
- Art. 46El Consejo Estudiantil deberá procurar la consecución de los siguientes objetivos: I. Fortalecer los vínculos de solidaridad…
- Art. 47Ante el incumplimiento de los fines que dan sentido a este colegiado de alumnos, o la existencia de conflictos que incidan en el…