Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 36

Reglamento Interno de la Auditoría Superior del Estado de Jalisco· Capítulo V. De las Atribuciones Comunes de las demás unidades administrativas

Corresponde a los Supervisores, auxiliar al titular de la unidad administrativa a la cual se encuentren adscritos y sus superiores jerárquicos, en el desarrollo de las funciones que a éstos les corresponda, así como las siguientes atribuciones generales:

I. Participar en la elaboración del Programa Anual de Actividades, Programa Anual de Auditoría y las Matrices de Indicadores para Resultados, en la medida que lo solicite su superior jerárquico;

II. Aplicar y verificar que la auditoría se realice conforme a las normas y procedimientos de auditoría que correspondan, acorde a las disposiciones emitidas por el Auditor Superior;

III. Verificar el cumplimiento de los principios y normas en materia de contabilidad gubernamental;

IV. Verificar y evaluar las cédulas y los papeles de trabajos de los Auditores, señalando observaciones en los mismos; V. Participar en la revisión y verificación de la aplicación del cobro de los ingresos;

VI. Comprobar que el gasto público sea ejercido en base a los presupuestos autorizados, así como sus modificaciones;

VII. Vigilar el desempeño de los Auditores en sus labores de gabinete, así como de vista en las entidades auditables, observando se apliquen las normas y procedimientos adecuados en la ejecución de su trabajo;

VIII. Informar al superior inmediato de las incidencias que con motivo de trabajo los servidores públicos a su cargo pudieran cometer, tanto en los trabajos de gabinete como en las vistas de campo;

IX. Revisar físicamente los papeles de auditoría del servidor público, cerciorándose que los mismos contengan los elementos necesarios de acuerdo a la planeación de la auditoría;

X. Participar en la elaboración de los pliegos de recomendaciones y observaciones;

XI. Participar en la elaboración de los informes de auditoría para determinar conclusiones;

XII. Recabar la información necesaria y participar en la elaboración de los dictámenes técnicos que permitan integrar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, o el ejercicio cualquier otra acción legal que corresponda como resultado de las irregularidades que se detecten en los procesos de fiscalización y de auditoría;

XIII. Participar en la revisión de la documentación presentada por parte de las entidades y sujetos auditables para la aclaración de observaciones y recomendaciones;

XIV. Llevar un control de actividades de los Auditores; y XV. Las demás que le señale este Reglamento y aquellas disposiciones que, por escrito, le expida el Auditor Superior o el jefe inmediato superior.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.