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Artículo 321

Reglamento Estatal de Zonificación· Título Quinto. Normas de Vialidad › Capítulo II. Características Geométricas

Los criterios para determinar la anchura de la calzada en los enlaces son los siguientes:

I. Los anchos de la calzada en los enlaces dependen de una serie de factores, entre los cuales están incluidos como principales: el volumen del tránsito y su composición, las características geométricas de los vehículos de proyecto, los grados de curvatura, el tipo de operación que se tendrá en los enlaces y algunas consideraciones con respecto a la distancia entre el vehículo y las orillas de la calzada.

II. En la tabla siguiente se dan los valores de proyecto para las anchuras de calzada necesarias para cada caso de operación-condición de tránsito. En la parte inferior de la tabla, se incluyen recomendaciones para modificar el ancho de la calzada de acuerdo con el tratamiento lateral que se dé a los enlaces. La anchura de la calzada se modifica, reduciéndose o aumentándose, dependiendo de que exista acotamiento así como libertad para circular sobre él. Los distintos tipos de casos indicados en la tabla son los siguientes:

CASO I: Operación en un sentido, con un carril y sin previsión para el rebase.

CASO II: Operación en un sentido, con un carril y con previsión para el rebase a vehículos estacionados.

CASO III: operación en uno o dos sentidos de circulación y con dos carriles.

Condición A: predominantemente vehículos de proyecto DE-335, con algunos camiones DE- 610. 194 Condición B: número suficiente de vehículos DE-610 para gobernar el proyecto y algunos semirremolques.

Condición C: suficientes vehículos DE-1220, ó DE-1525 para gobernar el proyecto.

CASO I CASO II CASO III Condición De Tránsito A B C A B C A B C Radios de la orilla interna ANCHO DE CALZADA de la calzada (metros) (metros)

15.00 5.50 5.50 7.00 7.00 7.50 8.75 9.50 10.75 12.75

23.00 5.00 5.25 5.75 6.50 7.00 8.25 8.75 10.00 11.25

31.00 4.50 5.00 5.50 6.00 6.75 7.50 8.50 9.50 10.75

46.00 4.25 5.00 5.25 5.75 6.50 7.25 8.25 9.25 10.00

61.00 4.00 5.00 5.00 5.75 6.50 7.00 8.25 8.75 9.50

91.00 4.00 4.50 5.00 5.50 6.00 6.75 8.00 8.50 9.25

122.00 4.00 4.50 5.00 5.50 6.00 6.75 8.00 8.50 8.75

152.00 3.75 4.50 4.50 5.50 6.00 6.75 8.00 8.50 8.75 Tangente 3.75 4.50 4.50 5.25 5.75 6.50 7.50 8.25 8.25 Modificaciones al ancho de acuerdo con el tratamiento de las orillas de la calzada Guarnición achaflanada Ninguna Ninguna Ninguna Guarnición vertical un lado Aumentar 0.30 metros Ninguna Aumentar 0.30 metros Guarnición vertical dos lados Aumentar 0.60 metros Aumentar 0.30 metros Aumentar 0.60 metros Restar ancho Si acotamiento > 1.20 Acotamiento, 1 ó 2 lados Ninguna acotamiento metros.

Ancho mínimo =Caso I Reducir 0.60 metros

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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