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Artículo 309

Reglamento Estatal de Zonificación· Título Quinto. Normas de Vialidad › Capítulo II. Características Geométricas

Las Ciclopistas estarán sujetas a las siguientes normas:

I. Tipos de Ciclopistas: a) Tipo I.- Ciclopistas separadas: no se mezclan con el tránsito general, salvo en intersecciones; b) Tipo II.- Ciclopistas adyacentes: son pistas dentro del arroyo de circulación adyacentes al carril exterior; y c) Tipo III.- Ciclopistas integradas: en las que no hay parte alguna del arroyo de circulación exclusiva para bicicletas. Solamente existe señalamiento indicando la presencia de ciclistas.

II. Ciclopistas de dos sentidos: solamente se permitirán bajo el tipo I; no se deberán ubicar en el tipo II, por conflictos en las vueltas, en las transiciones de uno o dos sentidos y por el tránsito adyacente en sentido opuesto. En el tipo III no son factibles, puesto que no hay pista exclusiva.

III. Gálibos, en pasos a desnivel: a) Altura libre vertical: máxima 3 metros, mínima 2.5 metros; y b) Distancia libre a objetos fijos: máxima 0.6 metros, mínima 0.20 metros.

IV. Ciclista mezclados con peatones:

Distancia entre ambos: máxima 0.80 metros, mínima 0.50 metros.

V. Anchura de Ciclopistas: a) En el tipo I, de dos sentidos, la máxima será de 2.40 metros y la mínima de 2.10 metros; b) En el tipo II, de un sentido, a partir de la guarnición la máxima será de 1.50 metros y la mínima de 1.20 metros; c) En el tipo III, de un sentido, inmediata a una fila de autos estacionados, comprenderá la anchura de estacionamiento más la ciclopista, que a partir de la guarnición la anchura máxima será de 4.3 metros, y la mínima de 4 metros.

VI. Pendientes: a) En tramos mayores de 300 metros: máximo 5%; y b) En pasos a desnivel: máximo 15%. 184 VII. Radio de curvatura: generalmente el alineamiento horizontal coincidirá con el de la vialidad general, por lo que los radios tendrán la dimensión suficiente. Cuando se trate de Ciclopistas independientes de la vialidad vehicular, estarán sujetas a las siguientes normas: a) Para una velocidad de proyecto de 15 kilómetros por hora, el radio mínimo será de 5 metros; b) Para una velocidad de proyecto de 25 kilómetros por hora, el radio mínimo será de 10 metros; c) Para una velocidad de proyecto de 30 kilómetros por hora, el radio mínimo será de 20 metros; d) Para una velocidad de proyecto de 40 kilómetros por hora, el radio mínimo será de 30 metros; y e) En las curvas más cerrada lo recomendable es una sobre-elevación de 0.02 m/m.

VIII. Distancia de visibilidad de parada: a) Para una velocidad de proyecto de 15 kilómetros por hora, se deberán observar las siguientes distancias en función de la pendiente de bajada: 1. Para una pendiente de bajada, del 0 al 10 por ciento: 15 metros; 2. Para una pendiente de bajada, del 10 al 15 por ciento: 18 metros; y 3. Para una pendiente de bajada, mayor al 15 por ciento; 21 metros. b) Para una velocidad de proyecto de 25 kilómetros por hora, se deberán observar las siguientes distancias en función de la pendiente de bajada: 1. Para una pendiente de bajada, del 0 al 5 por ciento: 25 metros; 2. Para una pendiente de bajada, del 5 al 10 por ciento; 27 metros; 3. Para una pendiente de bajada, del 10 al 15 por ciento: 30 metros; y 4. Para una pendiente de bajada, mayor al 15 por ciento: 40 metros. c) Para una velocidad de proyecto de 30 kilómetros por hora, se deberán observar las siguientes distancias en función de la pendiente de bajada: 1. para una pendiente de bajada, del 0 al 10 por ciento: 40 metros; 2. Para una pendiente de bajada, del 10 al 15 por ciento: 50 metros; y 3. Para una pendiente de bajada, mayor al 15 por ciento: 60 metros. d) Para una velocidad de proyecto de 40 kilómetros por hora, se deberán observar las siguientes distancias en función de la pendiente de bajada: 1. Para una pendiente de bajada, del 0 al 5 por ciento: 52 metros; 2. Para una pendiente de bajada, del 5 al 10 por ciento: 60 metros; 185 3. Para una pendiente de bajada, del 10 al 15 por ciento: 70 metros; y 4. Para una pendiente de bajada, mayor al 15 por ciento: 90 metros.

IX. Intersecciones: para disminuir el riesgo de accidentes se debe proyectar el señalamiento adecuado. En algunos casos se requerirá de semáforos especiales que separen los movimientos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.