Vestíbulos de acceso a edificios. Las puertas deberán tener las características siguientes:
I. En todos los accesos exteriores y de intercomunicación deberá tener colores de alto contraste en relación a los de la pared;
II. Ancho mínimo de 1 metro;
III. Si está cerca de la esquina o en la esquina de una habitación, deberá abatir hacia el muro más cercano;
IV. Las manijas y cerraduras deberán ser resistentes, de fácil manejo y estar instaladas a 0.90 metros del nivel del piso;
V. Los picaportes y jaladoras deberán ser de tipo palanca;
VI. Cuando existan cambios de nivel en los espacios exteriores públicos, haciéndose necesario el uso de circulaciones verticales, se deberá prever tanto escaleras con pasamanos, como rampas sujetándose a las especificaciones descritas; y VII. Los vestíbulos de ingreso a edificaciones o vestíbulos de distribución interiores deberán observar las siguientes consideraciones: a) Deberán de evitarse en lo posible escalones o cambios de nivel pronunciados en los vestíbulos de acceso a edificios sea este vestíbulo interior o exterior; b) Deberá ser el espacio donde no exista ningún tipo de barrera arquitectónica o de vegetación; y c) Será el espacio más amplio del edificio y tendrá un acceso directo a la vía pública, estacionamiento o rutas pedestres.