Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 44

Reglamento del Supremo Tribunal de Justicia· Título Primero. DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA › Capítulo IX. DE LOS NOTIFICADORES

Estarán en el lugar de su adscripción en el horario que previene este Reglamento para hacer las notificaciones a las partes que concurran para ese fin. Asimismo, devolverán los expedientes, entregando las constancias relativas y recibirán los que se les turnen para notificar.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.