Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 7

Reglamento del Consejo Técnico del SIAPA· Capítulo III. De la Acreditación de sus Integrantes

El Director General del Organismo presidirá al Consejo y las sesiones que celebre, pudiendo nombrar un suplente con facultades plenas para ese efecto, mediante comunicación que por escrito haga a favor de algún otro funcionario del Organismo. El suplente deberá ser de nivel Gerencial.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.