Las funciones de los integrantes del Consejo serán:
I. Exponer con objetividad, respeto y seriedad sus puntos de vista, propuestas o alternativas de solución al Consejo;
II. Analizar los casos y asuntos que se sometan al Consejo en el orden del día, apoyando su análisis cuando sea necesario en documentos que los fundamenten;
III. Estudiar, analizar y formular propuestas dirigidas a mejorar la prestación de los servicios;
IV. Proponer al Organismo modificaciones o acciones que apoyen la transparencia de sus procesos;
V. Brindar asesoría en cuanto a los servicios y a las obras que resulten necesarios para la mejor prestación de los mismos;
VI. Solicitar al Organismo la presentación de criterios para la formulación de Programas de Inversión y Obras;
VII. Analizar, y en su caso proponer, el método propuesto para la planeación, evaluación y priorización de obras;
VIII. Emitir opinión y sugerencias al Organismo respecto a los criterios adoptados para la selección y actualización de tecnologías;
IX. Proponer las modificaciones o adiciones al presente Reglamento;
X. Opinar sobre las dudas y controversias que surjan en la aplicación tanto del Convenio como del presente Reglamento;
XI. Proponer y dar seguimiento a un Plan de Trabajo Anual que cumpla los objetivos del Consejo;
XII. Presentar propuestas de métodos, fórmulas y esquemas de financiamiento del Organismo;
XIII. Proponer al presidente, la convocatoria de una sesión extraordinaria cuando existan asuntos o propuestas importantes a tratar; y XIV. Las demás que se estipulen en otras disposiciones legales aplicables o las que determine el Pleno del Consejo. 4