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Artículo 16

Reglamento del Consejo Técnico del SIAPA· Capítulo VI. De las funciones del Secretario del Consejo

Las funciones del Secretario del Consejo serán:

I. Solicitar a los integrantes del Consejo, al inicio de la sesión, el registro de los puntos varios a la orden del día propuesta por el presidente;

II. Recabar la lista de asistencia y verificar la acreditación de representación de cada participante;

III. Verificar el quórum; 3 IV. Dar lectura y seguimiento de los acuerdos previos;

V. Solicitar y registrar las votaciones de los integrantes;

VI. Elaboración y revisión del Acta de la sesión anterior y el documento de sugerencias (dictamen) o propuestas al Organismo;

VII. Recabar la firma del Acta por parte de cada integrante del Consejo; y VIII. Solicitar la sustitución de los representantes que acumulen 3 ausencias no justificadas en el periodo de un año.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.