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Artículo 15

Reglamento del Consejo Técnico del SIAPA· Capítulo V. De las Funciones del Presidente del Consejo

Las funciones del Presidente, serán:

I. Convocar a los integrantes e Invitados a cada una de las sesiones ordinarias y/o extraordinarias del Consejo;

II. Proponer el orden del día de cada sesión;

III. Presidir, coordinar y conducir el buen desarrollo de la sesiones;

IV. Instruir y vigilar que el Secretario elabore el Acta de la sesión; y V. Elaboración del Informe Anual de Actividades del Consejo, mismo que se deberá presentar dentro del primer bimestre de cada año en sesión ordinaria.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.