Las disposiciones disciplinarias que deberán observar los internos del Centro, estarán fundamentadas en la Ley, el Reglamento, los manuales correspondientes y, en los casos no previstos por los ordenamientos anteriores, por lo que establezca en forma eventual la Dirección del Centro, bajo los lineamientos técnicos y humanitarios que devienen del sistema sancionado en los mismos.
Artículo 97
Reglamento del Centro Integral de Justicia Regional Sur-Sureste del Edo. de Jal.· Título Quinto. Del Régimen Laboral y Disciplinario › Capítulo II. De la disciplina
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