Los visitantes deberán sujetarse a las disposiciones siguientes:
I. Deberán respetar los horarios establecidos;
II. No podrán vender bienes en el interior del Centro;
III. No se presentarán a la visita bajo el influjo de bebidas embriagantes, sustancias psicotrópicas, enervantes o cualquier tipo de estupefacientes o inhalantes;
IV. No introducirán bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, sustancias tóxicas, armas y objetos prohibidos y, en general, todo aquello que esté vedado por el manual del Centro, encaminada a afectar la seguridad de éste último;
V. Deberán observar un comportamiento ajustado a las normas, absteniéndose en todo momento de ofender o despreciar a los demás internos; y VI. Las demás que les señalen las disposiciones legales aplicables de la materia.