Semanalmente el Director deberá recibir a los internos en audiencia individual, en la cual se harán las comunicaciones que estimen pertinentes, las quejas y las necesidades que presenten. El propio Director orientará y canalizará de inmediato los plantamientos que los internos le hagan durante la audiencia a efecto de resolver la problemática que de ella surja. Los internos podrán hacer su solicitud a través de las subdirecciones de Trabajo Social y de Custodia.
Artículo 108
Reglamento del Centro de Readaptación Social· Título III › Capítulo VI
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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