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Artículo 107

Reglamento del Centro de Readaptación Social· Título III › Capítulo VI

Todo interno que arribe al Centro de Readaptación Social de Jalisco, recibirá un instructivo en el que se establezcan sus derechos y obligaciones, el régimen general a que quedará sujeto, el sistema terapéutico implantado y en general todas las actividades que en el mismo se desenvuelven. Aquellos que sean analfabetas recibirán la información verbalmente por la Subdirección de Trabajo Social.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.