El Servicio Médico comprenderá las siguientes funciones:
I. Realizar el estudio físico integral de cada menor.
II. Establecer el tratamiento individual de los menores que así lo requieran.
III. Comunicar a la sección jurídica el resultado de los estudios para la integración del expediente único.
IV. Supervisar cada uno de los tratamientos ordenados.
V. Ordenar, previo acuerdo con la Dirección el traslado de los enfermos que no puedan ser atendidos en el interior del propio Centro de Instituciones adecuadas.
VI. Supervisar las dietas alimenticias de toda la institución, sugiriendo los cambios que sean necesarios.
VII. Revisión integral de la institución a fin de establecer las medidas de higiene y profilácticas correspondientes.
VIII. Organizar cursos, tanto al personal como a los menores, sobre higiene y educación sexual y planificación familiar.
IX. Dar aviso a las autoridades respectivas con el visto bueno de la Dirección, en los casos de enfermedades, en que así se exija por el código sanitario.
X. Mantener el servicio constante durante las 24 horas del día.
XI. Participar con voz y voto en las sesiones de la junta interdisciplinaria de comunidad.
XII. Las demás funciones inherentes a su cargo que sean ordenadas por la Dirección de la institución.