Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 6

Reglamento del Artículo Décimo Primero Transitorio de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco· Título Segundo. De las Autoridades Competentes › Capítulo II. Del Comité Interinstitucional

El Secretario Ejecutivo del Comité, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Convocar a los integrantes del Comité a las sesiones ordinarias con una anticipación de tres días hábiles a su verificación, remitiendo la orden del día y copia del acta de la sesión anterior;

II. Recibir los expedientes y cuidar que sean debidamente registrados en el libro correspondiente, así como foliarlos y sellarlos;

III. Levantar acta de la sesión en donde consten los acuerdos tomados de la misma; y IV. Tendrá voz pero no voto en las sesiones del Comité.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.