Reglamento - Principios. 1. Son principios en la interpretación y aplicación del presente Reglamento los señalados en el artículo 5° de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Artículo. 3. Reglamento - Glosario. 1. Para efectos del presente reglamento se entenderá por:
I. Área: Son los órganos del Congreso que generan, poseen y administran información pública y que con motivo del ejercicio de sus atribuciones y facultades, son responsables de publicar, actualizar y/o validar la información de las obligaciones de transparencia en la sección correspondiente del portal de Internet institucional y en la Plataforma Nacional;
II. Congreso: El Congreso del Estado de Jalisco;
III. Comité: El Comité de Transparencia del Congreso;
IV. Criterios: Disposiciones administrativas de observancia obligatoria para las Áreas;
V. Enlace de Transparencia: Servidor público de un área, responsable de atender los asuntos en materia de transparencia y acceso a la información pública de la misma;
VI. Instituto: el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco;
VII. Instituto Nacional: el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
VIII. Ley: la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios;
IX. Ley General: la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
X. Lineamientos: Las normas jurídicas emitidas por el Instituto;
XI. Lineamientos Generales: Las normas jurídicas emitidas por el Sistema Nacional;
XII. Plataforma Nacional: Plataforma electrónica para el cumplimiento de los procedimientos, obligaciones y disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales e información confidencial, conformada con al menos los sistemas de solicitudes de información, gestión de medios de impugnación, sitios de Internet para la publicación de obligaciones de transparencia y sistemas de comunicación de Organismos garantes y sujetos obligados del Sistema Nacional de Transparencia;
XIII. Portal: Portal web de Internet, dominio de Internet del Congreso del Estado o del Área Administrativa; 1 XIV. Reglamento: el Reglamento Interno de Transparencia y Acceso a la información Pública del Congreso del Estado de Jalisco;
XV. Sección: Sección de Transparencia que se encuentra en el portal web del Congreso del Estado donde se encuentre la información pública puesta a disposición de las personas;
XVI. Servidor Público: Toda persona que labore en el Congreso, de acuerdo a la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios;
XVII. Sistema de Archivos: Sistema Institucional de los Archivos documentales y electrónicos del Congreso;
XVIII. Sistema Nacional: Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
XIX. Solicitante: Persona que hace uso de algún servicio o solicita algún trámite en materia de acceso, transparencia y protección de datos personales en el Congreso;
XX. Tabla de Aplicabilidad: Es el documento que aprueba el Congreso mediante el cual se determina la relación de fracciones e incisos que les corresponde actualizar en la Plataforma Nacional y la Sección de Transparencia a las áreas de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables; y XXI. Unidad: la Unidad de Transparencia del Congreso.