Aviso de Confidencialidad-Generalidades 1. El aviso de confidencial tiene como propósito hacer del conocimiento del titular de los datos personales, que su información personal será recabada y utilizada para ciertos fines y el tratamiento al que serán sometidos sus datos personales. 2. Las Áreas exhibirán en un lugar público el Aviso de Confidencialidad respectivo y notificará a la Unidad la base de datos que genere. 3. Las Áreas que manejen datos personales comunicarán en el aviso de privacidad a terceros a quienes transfieran los datos personales. 4. En convocatorias a cargos públicos de conformidad a la Constitución Política del Estado de Jalisco o ingreso al servicio público se incluirá el aviso de confidencialidad en el que se indique si el titular acepta o no la transferencia de datos personales.
Artículo 16
Reglamento de Transparencia e Información Pública del Congreso del Estado· Título Segundo. De la Información Pública › Capítulo IV. Del Aviso de Confidencialidad
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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