Para efectos de que el Instituto realice certificaciones mediante firma electrónica certificada de los convenios elevados a categoría de sentencia ejecutoriada, éstas deberán contener:
I. El resumen de la cadena de firma electrónica certificada;
II. El identificador de la certificación, al cual se le conocerá como “Id de Certificación”, mismo que podrá ser consultado en la página electrónica del Instituto de Justicia Alternativa; y III. La autorización del Director General y del Secretario Técnico de conformidad con la fracción XVIII del artículo 28 de la Ley.
Únicamente las partes, el prestador de servicio que hubiere brindado el servicio y la autoridad que lo requiera, podrán obtener clave contraseña para consultar la certificación realizada, ingresando el correspondiente “Id de certificación” en la página electrónica del Instituto de Justicia Alternativa.