Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 17

Reglamento de Métodos Alternos de Solución de Conflictos y Validación del Instituto de Justicia Alternativa· Capítulo IV. DE LAS ACTUACIONES DE LOS MEDIADORES Y CONCILIADORES EN LA CONDUCCIÓN Y DESARROLLO DEL MÉTODO ALTERNATIVO

De conformidad con lo estipulado en los artículos 77 y 78 de la Ley, los abogados podrán estar acreditados dentro de las sesiones de métodos alternativos, limitando su participación a brindar asesoraría a sus clientes en conferencia privada; procurando el prestador de servicios la equidad de asesoría entre las partes.

Los abogados no podrán intervenir directamente en el trámite o desarrollo de las sesiones, sin embargo deberán firmar el pacto de confidencialidad y en su caso como testigos en el acuerdo final.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.