En caso de que el prestador solicite el refrendo anual, quedará a juicio del Secretario Ejecutivo, la realización de la práctica de la visita de verificación.
Artículo 29
Reglamento de los Servicios Privados de Seguridad del Estado de Jalisco· Título Segundo. DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS › Capítulo II. De la Autorización y el Refrendo
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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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