Previo a otorgar la autorización o el refrendo, se deberá llevar a cabo una visita de inspección con el objeto de constatar la veracidad del contenido de los documentos aportados al trámite y lo manifestado en el escrito inicial y, además, verificar que las instalaciones del solicitante sean aptas para el fin pretendido.
Artículo 26
Reglamento de los Servicios Privados de Seguridad del Estado de Jalisco· Título Segundo. DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS › Capítulo II. De la Autorización y el Refrendo
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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