La Inspección General de Policía dependerá del Secretario. El Inspector General deberá ser Licenciado en Derecho o abogado, con tres años de experiencia profesional en áreas de procuración de justicia y/o de responsabilidades de servidores públicos, y su función será la de investigar las quejas que los ciudadanos presenten en contra de los elementos de la Policía Estatal. En caso de ausencia del citado funcionario, el Secretario asignará las funciones correspondientes, durante el tiempo que sea necesario, al Director General Jurídico o al Director General Administrativo.
Artículo 17
Reglamento de la Policía Estatal· Capítulo IV. De la Inspección General de Policía
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