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Artículo 16

Reglamento de la Policía Estatal· Capítulo III. De la Estructura Jerárquica

Corresponde a los Policías Estatales, independientemente de su rango, desde el momento en que se les expide su nombramiento: demostrar obediencia y respecto a sus superiores y en las encomiendas que se le señalen; cuidar con el mayor esmero el armamento, uniformes y equipo a su cargo; mantenerse siempre aseado en su persona; y, en caso de duda en el desempeño de sus servicios, solicitar instrucciones de sus superiores.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.