La cédula provisional tendrá una vigencia de seis meses y podrán prorrogarse por seis meses más si el interesado acredita estar efectuando los trámites destinados a la obtención de su título definitivo. Para que procedan las prórrogas se deberá acreditar que la demora en la obtención del título es por causa ajena al interesado. En este supuesto la Dirección de Profesiones podrá prorrogar la cédula provisional hasta en tanto sea entregado el título.
Para poder prorrogar la cédula provisional por seis meses más, se deberá presentar lo siguiente:
I. Solicitud del interesado ante la Dirección en la que exponga los motivos de la prórroga;
II. Documento que acredite que el trámite de emisión del título fue realizado por la institución educativa ante autoridad competente; y III. Constancia emitida por la institución educativa manifestando los motivos de la demora del título.
Las instituciones educativas en todo momento darán apoyo a los interesados y seguimiento al procedimiento de titulación hasta su total conclusión.