Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 312

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Décimo Primero. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS › Capítulo I. Palacio del Poder Legislativo › Sección Segunda. Patio Central, Pasillos y Salones

1. Queda prohibido el uso del patio central, los pasillos y los salones del Palacio del Poder Legislativo para la realización de eventos privados de particulares, eventos proselitistas de partidos o agrupaciones políticas, actos de precampaña o compaña electoral, o ceremonias de culto religioso.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.