1. La Secretaría General, a través de las coordinaciones correspondientes, debe brindar el apoyo básico necesario para el desahogo de dichos eventos oficiales. 2. La organización, logística y el costo del evento corren a cargo de quien proponga el evento, salvo aquello que provea la Secretaría General, a través de sus coordinaciones como parte de los bienes y servicios propios del Congreso del Estado.
Artículo 310
Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Décimo Primero. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS › Capítulo I. Palacio del Poder Legislativo › Sección Primera. Salón de Sesiones
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