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Artículo 283

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Noveno. TÉCNICA LEGISLATIVA › Capítulo V. Instrumental Legislativa › Sección Sexta. Aclaración de Error

1. La parte validatoria de la aclaración de error debe incluir:

I. El lugar y fecha de la presentación de la aclaración de error; y II. El nombre, cargo y firma autógrafa de quienes la proponen.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.