Salvo las excepciones que señale la Ley Orgánica, y el presente Reglamento, corresponde al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia la aplicación de las disposiciones establecidas en este ordenamiento.
Artículo 35
Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Capítulo VI. DEL PRESIDENTE DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.