El Secretario del Comité Directivo tendrá las siguientes funciones:
I. Redactar las Actas de las Sesiones del Consejo Directivo, así como las Plenarias del Consejo Consultivo, leerlas al principio de cada Sesión y firmarlas en unión del Presidente;
II. Firmar en unión del Presidente, las comunicaciones correspondientes y demás documentación que se requiera;
III. Tener a su cargo la correspondencia, llevar el registro de las asistencias de las Sesiones y enviar las convocatorias correspondiente; y IV. Desempeñar los demás cargos que el Presidente o el Comité Directivo le asignen.