El Presidente del Comité Directivo tendrá las siguientes funciones:
I. Convocar y presidir las sesiones del Comité Directivo y las Plenarias del Consejo Consultivo del Poder Judicial;
II. Cuidar que se cumplan los acuerdos del Consejo Directivo y de las Plenarias del Consejo Consultivo del Poder Judicial;
III. Firmar en unión del Secretario, las Actas de las Sesiones del Comité Directivo y de las Plenarias del Consejo Consultivo del Poder Judicial, así como las comunicaciones, correspondencia y demás documentos;
IV. Proponer al Consejo las Comisiones que se estimen pertinentes para el mejor desarrollo del Consejo Consultivo;
V. Proponer al Consejo Directivo las personas que hayan de formar las Comisiones;
VI. Usar su voto de calidad en caso de empate en cualquier votación del Consejo Directivo o dentro de una Sesión Plenaria del Consejo Consultivo; y VII. Representar oficialmente ante todos los organismos públicos, privados y sociales al Consejo Consultivo del Poder Judicial.