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Artículo 225

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Capítulo XXX. DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL PODER JUDICIAL

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Las Sesiones Anuales Obligatorias, se reunirán durante el mes de febrero de cada año y conocerán de los siguientes asuntos: a) Del Informe Anual del Consejo Directivo, que será presentado por su Presidente; b) De la elección de integrantes del Consejo Directivo; y c) De la actualización del Padrón de representantes de las Instituciones y Organismos representados.

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Las convocatorias para la celebración de las Sesiones Plenarias serán comunicadas por carta, tarjeta postal, o facsímil, a cada uno de los integrantes, incluyendo en ellas, en todo caso, la fecha, hora y lugar en que se verificará la Plenaria así como la Orden del día, con cuando menos 5 días de anticipación a la fecha señalada.

Las convocatorias para la celebración de las Sesiones Plenarias serán comunicadas por carta, tarjeta postal, o facsímil, a cada uno de los integrantes, incluyendo en ellas, en todo caso, la fecha, hora y lugar en que se verificará la Plenaria así como la Orden del día, con cuando menos 5 días de anticipación a la fecha señalada.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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