Serán causas de responsabilidad y que además pueden originar la pérdida de confianza para separarlo del cargo entre otras las siguientes:
I. Dejar de asistir a la práctica de la diligencia ordenadas sin causa justificada; y II. No cumplir con cualquiera de las obligaciones que le impone el artículo que antecede con la salvedad prevista en el propio numeral.