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Artículo 158

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Capítulo XXI. DE LA DIRECCION DE CONTRALORIA

Las funciones que en términos de la Ley y este Reglamento se encomiendan a esta dependencia, se realizarán por:

I. El Director;

II. El Jefe de la Unidad Departamental de Control y Situación Patrimonial; y III. El Jefe de la Unidad Departamental de Auditoría Interna.

Esta dependencia del Supremo Tribunal tendrá el siguiente personal con las atribuciones que posteriormente se señalan.

I. El Director;

II. Un Jefe para cada Unidad Departamental; y III. El personal técnico y administrativo que determine el Pleno y autorice el Presupuesto de Egresos del Poder Judicial.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.